Si estas en tu país de origen pensando como venir a España, la mejor opción para adquirir la residencia y permiso de trabajo cuando no se tiene vínculos es solicitar asilo, antes de hacerlo es mejor saber qué es lo que debes hacer.
DIFERENCIAS DE LAS SOLICITUDES DE PROTECCION INTERNACIONAL
El Asilo es un derecho que puede disfrutar cualquier persona fuera de su país de origen en caso de persecución política o por razones de raza, religión, nacionalidad género u orientación sexual.
Los refugiados solicitaran Protección Internacional debido a que en su país de origen su vida está en riesgo por motivos religiosos, políticos, étnicos, sociales o de nacionalidad. En algunos países se considera que el hecho de que un país se encuentre en guerra ya es motivo para considerar a la población de dicho país como refugiados.
La protección subsidiaria, es un derecho que tienen las personas de otros países que no cumplen los requisitos para solicitar asilo o ser consideradas refugiadas, pero que tienen motivos para creer que si volvieran a su país originario tienen el riesgo de sufrir: Condena a pena de muerte o su ejecución. Tortura o tratos inhumanos, Amenazas graves contra la vida o la integridad física debidas a conflictos internos o internacionales.
¿DONDE Y CÓMO PUEDO SOLICITAR ASILO EN ESPAÑA?
Cualquier persona que desee solicitar asilo en España, incluidos los menores de 18 años, puede hacerlo en los siguientes lugares, dependiendo de dónde se encuentren:
1- EN UN PUESTO FRONTERIZO (ya sea en un puerto, aeropuerto o frontera terrestre en Ceuta o Melilla) allí, deberás comunicar a la Policía Nacional o Guardia Civil que quiere pedir asilo, refugio o protección internacional. En caso de que no hables español puedes contar con la asistencia de un intérprete y deberás indícalo al solicitar asilo.
PROCEDIMIENTO: En este caso, y con la mayor premura la solicitud de asilo se formalizará a través de una entrevista con la policía nacional, todo esto se realiza mientras permaneces en el puerto o aeropuerto hasta que se decida si tu caso es admitido para ser estudiado en mayor profundidad o no.
TU SOLICITUD DE ASILO PODRÁ SER:
- ADMITIDO: En este caso, te autorizarán la entrada y estancia en España para continuar con tu solicitud de asilo.
- DENEGADO: En este caso si no te permitan la entrada en España, podrás solicitar un reexamen de tu solicitud de denegación, que la administración española deberá contestar en el plazo máximo de 48 horas. Durante todo este tiempo, deberás permanecer en el puerto o en el aeropuerto.
- DENEGACIÓN DEL REEXAMEN DE TU SOLICITUD:
En caso de que el reexamen de tu solicitud de asilo sea denegado por segunda vez, tendrás la posibilidad de presentar un recurso, para ello deberás solicitar la asistencia de un abogado.
¿QUE RECOMIENDAN NUESTROS ABOGADOS EXPERTOS DE UM ABOGADOS?
Que no se interponga recurso en frontera, ya que mientras la administración resuelva sobre la denegación, usted deberá permanecer en el aeropuerto junto con los menores si este es su caso y puede resultar realmente muy incómodo pernoctar en el aeropuerto sobre todo cuando lo hacemos con niños. Lo que se aconseja, es que de hacerlo, venga preparado con dinero de baja denominación, para que pueda disponer de lo necesario dentro del aeropuerto.
2- EN TERRITORIO ESPAÑOL: Si ya lograste pasar los controles del aeropuerto cumpliendo con los requisitos de entrada y lo hiciste como turista, debes solicitar el asilo lo antes posible, la ley señala que se debe presentarse en el primer mes desde la entrada en el territorio español, aunque si lo haces pasado dicho plazo también será aceptada, es recomendable que puedas acreditar a través de cualquier medio de prueba admisible en derecho, la razón por la cual te han llevado a presentarla más tarde de dicho plazo. Como expertos en extranjería te aconsejamos que no esperes a estar irregular.
CITA PARA PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE ASILO
En este caso, deberás solicitar primera cita de asilo, el medio utilizado para hacerlo dependerá de la comunidad en la cual hayas decidido establecerte. Si lo haces en Madrid se hará por teléfono, en el momento que te respondan, la funcionaria te preguntará tu nombre completo, el número de tu pasaporte y en qué comunidad autónoma resides, posteriormente te asignaran el día, la hora y la comisaria en donde debes presentarte.
A esta cita deberás llevar:
- Un escrito relatando los hechos por lo cual solicitas asilo o protección internacional.
- Pasaporte original y copia de todas las hojas.
- Una fotografía tipo carné con fondo blanco (recomendamos llevar más de una por si acaso se nos extravía)
¿QUE DEBE INCLUIR EL ESCRITO?
En este escrito se le pide que explique por qué está solicitando el asilo. Deberá incluir información sobre lo que se pasó a usted o a su familia en su país de origen como para que tenga temor de regresar, así como si sufrieron maltratos, y qué cree que le pasará si es devuelto. Es importante que no solo incluya declaraciones generales sobre la situación en su país, sino que debe tratar de describir los acontecimientos o hechos específicos de lo que le pasó. En caso de que no se puede recordar la fecha exacta, ponga el mes o el año, en caso de no recordar el año, estímelo y diga que está usando una estimación.
En otro blog explicaremos con más detalles que debe incluir ese escrito.
¿QUE HARÁS EN LA COMISARÍA?
Llegado el día de la cita, te encontrarás con muchas personas que al igual que tú solicitaran asilo.
EL OFICIAL TE LLAMARÁ Y TE PREGUNTARÁ SI TRAJISTE :
- El Empadronamiento
- La foto tamaño carné
- El pasaporte original y copia
- El escrito
Posteriormente te pasarán a la toma de huella de todos los dedos, te pedirán que salgas nuevamente y después te volverán a llamar para hacerte una entrevista.
POSIBLES PREGUNTAS QUE TE HARÁ EL OFICIAL EN LA ENTREVISTA:
¿Cuál es su nombre completo?
¿Cuál es el nombre de los padres?
¿Dirección de domicilio en el país de origen?
¿Cuántos hijos tiene?
¿ Diga la razón por lo que escogiste España para vivir?
¿Quién te empadronó y quien le proporciona los medios económicos?
¿Por qué estás en España y que esperas de vivir en este país?
RECOMENDACION: Cuando narres las razones de la solicitud de asilo, le recomendamos que cuando le pidan relatar los hechos, no se extienda demasiado, habla lo necesario y al punto, ya que el funcionario deberá transcribir todos sus alegatos y a muchos les resulta tedioso. Algo importante, lo que digas en la entrevista, debe coordinar con lo que haya dicho en el escrito.
Ya para finalizar, firmas unos documentos que ellos te proporcionan y te darán el REGUARDO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE PROTECCION INTERNACIONAL, donde se establece el NIE (Número de identificación de extranjero), tu foto, otros datos de identificación, la fecha de autorización para trabajar y además se establece una serie de derechos y obligaciones que deberás seguir.
DERECHOS DESDE EL MOMENTO QUE TE DEN EL RESGUARDO
1.- Desde El día de la solicitud estarías legal en España
2.- No podrán expulsarte del territorio nacional
3.- Después de 6 meses puedes trabajar
4.- Ante la denegación puedes presentar Recursos Administrativos
En caso de que te denieguen la solicitud de asilo, tenemos la posibilidad de presentar Recurso de Reposición dentro del mes posterior a la notificación de denegación. O también podremos presentar el Recurso Contencioso administrativo, dentro de los dos meses posteriores a ser notificado.
PREGUNTAS FRECUENTES A NUESTROS ABOGADOS
Muchas personas nos preguntan si es mejor solicitar el asilo en el aeropuerto o dentro del territorio español, nuestra recomendación es que si logras entrar al país sin problema, es mejor hacerlo dentro del territorio, ya que si lo haces en el aeropuerto como se ha producido un aumento exponencial del número de solicitudes, motivo que perjudica notablemente las condiciones de vida de las personas solicitantes de asilo, dicha circunstancia desborda la capacidad de la Policía Nacional, que se ve obligada a custodiar a estas personas por más tiempo del imprescindible en instalaciones que carecen de la infraestructura necesaria. Así que si lo puedes hacer estando dentro de España es mucho mejor
SI TIENE DUDAS, COMENTARIOS, PREGUNTAS, O NECESITA QUE LE AYUDEMOS, CONTACTARNOS AL SIGUIENTE CORREO despacho@umabogados.es
Nuestros abogados especialistas de UM ABOGADOS le ayudarán en todos sus requisitos en los trámites de Extranjería, Nacionalidad y Asilo
10 comentarios en «PASOS PARA SOLICITAR ASILO»
Es que yo dentre acá con acta de manifestacion por la notaría de Valencia hay algún problema con eso para pedir asilo
respondida tu pregunta en otro comentario. Mucha suerte con el trámite.
UM ABOGADOS – Despacho Especialista en Extranjería MADRID
Es que yo dentre acá con acta de manifestacion por la notaría de acá de Valencia que mi hermana me la envió hay algún inconveniente para pedir asilo gracias
Hola, gracias por preguntar. En principio el solicitante del Acta de manifestación se compromete a que el extranjero regrese a su país de origen antes de los 90 días y el incumplimiento de esto podría significar una falta grave que puede conllevar multas administrativas. Ahora bien, el extranjero podrá solicitar Asilo y a partir de obtener el resguardo de solicitud quedaría en condición regular en España hasta que no se dicte una resolución denegatoria, momento en el cual tendrá un plazo para el respectivo recurso o deberá abandonar el país.
UM ABOGADOS – Despacho Especialista en Extranjería MADRID
Gracias valiosi articulo
Buenas Tardes, muchas gracias por el comentario. Valoramos disponer de feedback de todos nuestros clientes y usuarios. Un cordial Saludo
UM ABOGADOS – Despacho Especialista en Extranjería MADRID
Buenas tardes y cuánto cobra el abogado por el trámite soy venezolana estoy en Bogotá Colombia
Hola, gracias por tu pregunta. Si deseas información sobre este servicio debes comunicarte directamente con el despacho al 0034644409504. ASimismo recordamos que para solicitar asilo político te debes encontrar en territorio español. Un saludo cordial
UM ABOGADOS – Despacho Especialista en Extranjería MADRID
En caso de estar casados y tener las escrituras del matrimonio hay que solicitar una solo cita
Buenas Tardes, gracias por tu pregunta. Que en la llamada de cita de asilo por primera vez te den (o no) la oportunidad de cita al nucleo familiar dependerá mucho de la provincia. Tenemos casos en Madrid que lo han aceptado y otros (por ejem) en Valencia que el funcionario solo aceptó al padre y al hijo, teníendo la madre que buscar una nueva cita. Un saludo