Tras consultas y dudas compartimos una práctica Guía de Tasas, necesarias para realizar diversos tramites de EXTRANJERIA EN ESPAÑA
Tramitación de autorizaciones para la prórroga de la estancia en España
Procedimiento / Trámite | Tasa |
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Prórroga de estancia de corta duración sin visado (importe base, que se incrementará en 1,06 euros más por cada día que se prorrogue la estancia) | 17,49 € |
Prórroga de estancia de corta duración con visado (artículo 34 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000) | 31,22 € |
Tramitación de autorizaciones para residir en España
Procedimiento / Trámite | Tasa |
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Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo, protección internacional, razones humanitarias,colaboración con autoridades (incluye la colaboración contra redes organizadas), seguridad nacional o interés público, o tramitada en base a la disposición adicional primera.4 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000) | 38,28 € |
Tramitación de autorizaciones de residencia y trabajo de mujeres víctimas de violencia de género y de víctimas de la trata de seres humanos (artículos 132 y 144 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000) | 10,94 € |
Tarjetas de identidad de extranjeros y certificados de registro de residentes comunitarios
Procedimiento / Trámite | Tasa |
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TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos en España por un periodo superior a seis meses | 16,08 € |
TIE que documenta la renovación de la autorización de residencia temporal o la prórroga de la estancia o de la autorización para trabajadores transfronterizos en España por un periodo superior a seis meses | 16,08 € |
TIE que documenta la autorización de residencia y trabajo de mujeres víctimas de la violencia de género y de víctimas de la trata de seres humanos | 16,08 € |
TIE que documenta la autorización de residencia de larga duración o de residencia de larga duración-UE | 21,87 € |
Certificado de registro de residente comunitario o Tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión Europea | 12,00 € |
Documentos de identidad, títulos y documentos de viaje a extranjeros indocumentados y otros documentos
Procedimiento / Trámite | Tasa |
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Autorización de inscripción de indocumentados | 21,87 € |
Cédula de inscripción | 3,27 € |
Documento de identidad de refugiado | 11,04 € |
Documento de identidad de apátrida | 11,04 € |
Documento de identidad de protección subsidiaria | 11,04 € |
Título de viaje | 27,08 € |
Documento de viaje de la Convención de Ginebra | 27,08 € |
Documento de viaje de protección subsidiaria | 27,08 € |
Documento de viaje de los Apátridas | 27,08 € |
Autorización de regreso | 10,72 € |
Autorización excepcional de entrada o estancia | 17,49 € |
Asignación de Número de Identidad de Extranjero (NIE) a instancia del interesado | 9,84 € |
Certificados o informes emitidos a instancia del interesado | 7,31 € |
Autorización de expedición de Carta de invitación | 75,05 € |
Carta de invitación | 6,54 € |
Compulsa y desglose por cada documento relativo a la Carta de invitación | 1,09 € |
Tramitación de la solicitud de autorización o visado de tránsito en frontera, y de visado de estancia en frontera
Procedimiento / Trámite | Tasa |
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Tramitación de la solicitud de autorización o visado de tránsito en frontera | 80,00 € |
Tramitación de la solicitud del visado de estancia en frontera | 80,00 € |
Tramitación de la solicitud de autorización o visado de tránsito en frontera para menores (niños mayores de 6 años y menores de 12 años) | 40,00 € |
Tramitación de la solicitud del visado de estancia en frontera para menores (niños mayores de 6 años y menores de 12 años) | 40,00 € |
Tramitación de la solicitud del visado de estancia en frontera de nacional de un país con el que la Unión Europea haya firmado un Acuerdo de Flexibilización en materia de visados (Albania, Armenia, Azerbaiyán, Bosnia y Herzegovina, Cabo Verde, República de Macedonia, Georgia, Moldavia, Montenegro, Serbia, Ucrania) | 35,00 € |
La autoridad competente para resolver sobre la solicitud podrá, atendiendo al interés del Estado y a la aplicación de los compromisos internacionales, decidir la gratuidad del visado en frontera, según lo establecido en la Decisión 2006/440/CE del Consejo de la Unión Europea, de 1 de junio de 2006.
Fuente: sede.policia.gob.es
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